En Loma Verde, por caso, transformadores quemados por rayos y árboles caídos sobre las líneas del tendido eléctrico, lo que consecuentemente generó cortes en el suministro energético que fueron atendidos con toda celeridad por el personal de servicio externo de la Cooperativa.
Los primeros inconvenientes de este tipo se habían producido en noviembre, cuando en una tormenta eléctrica dos transformadores fueron alcanzados por un rayo que los dejó inutilizables. Al mes siguiente, nuevos temporales causaron otros múltiples problemas: caídas de árboles sobre el cableado, un transformador que vuelve a quemarse con un rayo y, por añadidura, interrupciones en el suministro.
Ante estas eventualidades, la Cooperativa intervino con la urgencia que el caso exigía, reponiendo los transformadores y reparando las líneas dañadas en el menor tiempo posible. Sin embargo, a esta altura de las circunstancias huelga poner énfasis en la responsabilidad de los vecinos sobre el arbolado de sus casas, que de encontrarse más controlado evitaría algunas de estas peripecias y los gastos que ellas acarrean.
Esto último, desde ya, no es nada nuevo. Tiempo atrás, la Cooperativa había difundido a todos sus asociados un informe sobre la responsabilidad civil e incluso penal que puede llegar a caberles a quienes no cuiden apropiadamente sus árboles y se despreocupen de las consecuencias que ello, ante eventuales vientos de alta o mediana intensidad, pueda provocar. Desafortunadamente, esta alerta no fue suficiente para que todos tomen conciencia, por lo que se torna imprescindible volver a machacar sobre estos conceptos.
Propietario = responsable
La caída de los árboles y ramas sobre las líneas de distribución de energía, además de ser causa de posibles y graves accidentes en las personas o en sus bienes, produce perjuicios económicos a los usuarios del servicio y daños en las instalaciones de esta Cooperativa, cuyo patrimonio es propiedad de toda la comunidad de Loma Verde.
Sobre este tipo de episodios, el Código Civil advierte que “la caída de una rama o un árbol, provocada por el viento o la lluvia, no constituye un hecho extraordinario ni un acontecimiento imprevisible, y es responsabilidad legal del propietario asumir los perjuicios que de ello resultan”.
En otras palabras, y según los antecedentes legales y jurisprudenciales, “los propietarios deben responder por los daños ocasionados por las cosas que tienen bajo su guarda o dependencia, ya que es su deber prever la eventualidad del daño, empleando la debida diligencia”. Esta responsabilidad, además, puede llegar a revestir carácter penal por “omisión culposa”.
Por lo expuesto, se solicita a todos los vecinos adoptar las medidas preventivas más convenientes, en particular, retirar todo árbol, gajo o rama peligrosa de sus terrenos cuya caída al exterior pueda generar daños a las personas, al transporte en general o a las instalaciones de distribución de energía eléctrica de la Cooperativa. Para esto, la entidad se compromete a asesorar y colaborar con los propietarios que la consulten, ya que los trabajos a realizar en este sentido serán de mutuo beneficio.