El fraude eléctrico: ¿Qué es y cuáles son las consecuencias?

Abr 1, 2023

La condena a una persona a prisión efectiva por adulterar medidores de luz se vuelve un caso ejemplar en otra localidad bonaerense. El mes pasado se dio a conocer un caso de fraude eléctrico en la localidad bonaerense de Mercedes. Ahora, ¿qué se entiende por “fraude eléctrico”? Se trata de un recurso al margen de […]

La condena a una persona a prisión efectiva por adulterar medidores de luz se vuelve un caso ejemplar en otra localidad bonaerense.

El mes pasado se dio a conocer un caso de fraude eléctrico en la localidad bonaerense de Mercedes. Ahora, ¿qué se entiende por “fraude eléctrico”? Se trata de un recurso al margen de la ley que persigue un abaratamiento de lo que se paga finalmente a la empresa eléctrica. Conexiones clandestinas y alteraciones del medidor suelen ser los más frecuentes.

En este caso en particular, ocurrido a menos de 100 kilómetros de nuestra localidad, luego de una extensa investigación, la Justicia condenó a una persona, de oficio electricista, que ofrecía sus servicios para “reducir el consumo energético”, a través de la manipulación fraudulenta de medidores. Incluso se llegó a demostrar que en su propia vivienda, su medidor también estaba adulterado. Con todas las pruebas recolectadas y frente a un delito de estafa, en febrero fue presentada la denuncia penal ante las autoridades correspondientes. Fue el Juzgado en lo Correccional N°4 Departamental quien dictó sentencia, condenando al imputado como autor material penalmente responsable del delito de estafa, con condena de cumplimiento efectivo.

A saber, en casos de manipulación fraudulenta de medidores, tiene la misma responsabilidad penal quien se presta a concretar el ilícito como quien solicita la acción. Por eso es importante señalar que no solo las conexiones clandestinas constituyen delito penal por hurto de energía (artículo 162 del Código Penal), sino que, en casos de manipulación fraudulenta de medidores, tiene la misma responsabilidad penal quien se presta a concretar el ilícito como quien solicita la acción, de acuerdo al artículo 172 del Código Penal. Además, en ambos casos las multas y penalidades derivadas del ilícito son retroactivas y se aplica el cálculo de la energía robada con un máximo de hasta un año según la normativa vigente.

También, es necesario tener en conocimiento, que la manipulación de medidores e instalaciones eléctricas por parte de personas ajenas a la empresa distribuidora de energía y el uso de materiales fuera de la norma, provocan un grave riesgo para la salud y la vida de los habitantes del domicilio o comercio con la posibilidad de incendios, cortocircuitos y daño irreparable de artefactos eléctricos.

Desde Escobar Norte se alienta a los usuarios a regularizar su situación para evitar multas y sanciones penales y a denunciar a quienes ofrezcan este tipo de servicio.